¿DEBO INSTALAR EXTINTORES EN MI COMUNIDAD DE VECINOS ?
- PCI GROMAZ
- 19 feb 2019
- 1 Min. de lectura
Imagínate que un día cualquiera te levantas por la mañana y te llaman para una reunión de la junta de #vecinos de la #comunidad. Imagínate, ahora, que la reunión trata sobre llenar las paredes de tu comunidad de #extintores porque a una vecina le ha entrado el pánico y quiere “asegurar” su casa.
La #seguridad de un hogar es primordial, y no nos cansaremos de repetirlo, lo que puede ser discutible es si instalar muchos extintores en un edificio va a ayudar a crear esa seguridad.
Pero vamos por partes,
¿ES OBLIGATORIO INSTALAR #EXTINTORES EN MI #COMUNIDADDEVECINOS?
Si tu edificio fue construido en Octubre de 1996 es obligatorio, ya que es cuando se promulgó la norma NBE-CPI 96. Por otro lado, si tu edificio ha sido sometido a una rehabilitación íntegra o se le ha instalado un ascensor debe también tenerlos aunque sea anterior a la fecha citada anteriormente.

NO QUIERO INSTALAR EXTINTORES. ¿PUEDO NEGARME A HACERL0?
Queremos dejar claro que la instalación de extintores (por muchos que sean) no va a aumentar la seguridad estructural. Distinto es, que vaya a generar la seguridad en los vecinos de poder preservar el edificio ante posibles incendios.
Dicho esto, cabe decir que según la Ley de Propiedad Horizontal (#LPH), es obligatorio llevar a cabo las obras que sean necesarias para crear seguridad estructural en el edificio, por lo que puedes estar tranquilo siempre y cuando tu edificio sea anterior a 1996.....
Comentarios